Administrativo

Administrativo: Panel de Expertos, energía, dictamen

Resumen del criterio jurisprudencial

1. Que no ha lugar a la solicitud de inadmisibilidad formulada por la empresa Gas Atacama S.A. 2. Aprobar la versión N° 4 del Manual de Procedimiento N° 23: “Cálculo Potencia Firme y Determinación del Balance entre Empresas Generadoras Integrantes”, presentado por la Dirección de Operación, mediante documento CDEC-SING C0013/2002, como texto que adapta correctamente lo recomendado por la Comisión Nacional de la Energía y cumple con la instrucción dada por la RM N° 106.

Panel de Expertosenergíadictamen

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.