Laboral

Ley que establece la composición de la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Tr…

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley que establece la composición de la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, integrada por médicos representantes del Servicio Nacional de Salud, de los trabajadores y de los empleadores, además de un abogado. Dispone que sus miembros son designados por el Presidente de la República conforme al Reglamento y que la Comisión queda sometida a la fiscalización de la Superintendencia de Seguridad Social.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.