Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra del Servicio Nacional de Migraciones, ordenando la entrega del expediente migratorio de la parte reclamante. Lo anterior, por cuanto, se considera improcedente la exigencia de subsanación de la solicitud formulada por el organismo, desestimándose la verificación de la causal de reserva o secreto de afectación a los derechos de las personas. Se deberá proporcionar la información previa acreditación de la identidad de la parte solicitante o de su representante, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 4.3., de la Instrucción General N°10, dictada por esta Corporación.