Resumen
La atribución que las normas cuestionadas otorgan a los Jefes Zonales de calificar a Oficiales Superiores y Jefes que no sirven bajo sus órdenes inmediatas, se distancia de un proceso de calificación objetivo e imparcial, lo que es contrario a un Estado Democrático de Derecho, porque la calificación termina gobernada por la subjetividad que conlleva la mediatez, cuando la igualdad ante la ley y el debido proceso exigen que quienes califiquen lo hagan bajo una institucionalidad que garantice la inmediatez.