Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ordenanza de Aduanas que regula la presentación de mercancías al Servicio Nacional de Aduanas como requisito para aceptar a trámite las declaraciones de destinación aduanera. Permite que Directores Regionales o Administradores de Aduana acepten documentos de destinación sin presentación previa, fijando un plazo de sesenta días para la presentación efectiva, prorrogable por el Director Nacional en casos calificados. Establece además reglas para destinaciones que cancelan declaracio