Laboral

El Centro Educacional Julio Verne no se encuentra obligado al pago de intereses por con…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Centro Educacional Julio Verne no se encuentra obligado al pago de intereses por concepto de pago en cuotas en las fechas fijadas del beneficio denominado subvención compartida, pactado en favor de los docentes de aula, en contrato colectivo de 10 de octubre de 1994.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.