Resumen del criterio jurisprudencial
Se interpone acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional en contra de la aplicación del artículo 168 del Código del Trabajo, específicamente de las frases que establecen un plazo de sesenta días hábiles para interponer demanda por despido injustificado. El demandante cuestiona la constitucionalidad del plazo máximo establecido en la norma laboral. La acción se deduce en el marco de un recurso de apelación en causa laboral caratulada 'Sepúlveda con Aramark Servicios Mineros y Remotos Ltda.' La representación legal es ejercida por la abogada María Fernanda Sánchez Vieyra en calidad de mandataria judicial.