Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de ley orgánica constitucional del Tribunal Constitucional chileno que regula normas generales de procedimiento, facultando al Tribunal para decretar medidas tendientes a la adecuada sustanciación y resolución de los asuntos que conozca, y para requerir antecedentes a poderes públicos, órganos, autoridades, organizaciones y partidos políticos, quienes están obligados a proporcionarlos oportunamente.