La Autoridad Italiana de Competencia y Mercado sanciona a tres empresas de call center…
Sentencia · 2025
Resumen
La Autoridad Italiana de Competencia y Mercado sanciona a tres empresas de call center (Fire S.r.l., Titanium S.r.l. y Action S.r.l.) por prácticas comerciales engañosas en la promoción de contratos de suministro de energía eléctrica y gas. Las empresas proporcionaban información falsa a los consumidores respecto a la identidad del llamante, el objeto de la llamada y la conveniencia económica de las ofertas comerciales. El procedimiento fue iniciado el 13 de mayo de 2025 basándose en información adquirida para la aplicación del Código del Consumo y una denuncia recibida el 25 de septiembre de 2024. Las asociaciones de consumidores Codici, Codacons y UNC participaron en el procedimiento. La Autoridad determinó que las prácticas violaban derechos fundamentales de los consumidores mediante engaño en el teleselling.
Normas citadas
Decreto Legislativo 6 settembre 2005, n. 206 (Codice del consumo) - Parte II, Titolo III
Articolo 18, lettera b), del Codice del consumo
Articolo 27, commi 2 e 3, del Codice del consumo
Articolo 27, comma 12, del Codice del consumo
Articolo 41, comma 5, del Codice del processo amministrativo
Articolo 8 del Decreto del Presidente della Repubblica 24 novembre 1971, n. 1199
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