Resumen del criterio jurisprudencial
El órgano contralor precisó que la prohibición del artículo 61 de la Ley 20.000 afecta únicamente a abogados que, al momento de intervenir en causas vinculadas al tráfico de drogas, ejercen funciones dentro de la Administración del Estado, descartando que actuaciones profesionales pasadas constituyan una inhabilidad para acceder a cargos públicos, incluida la formación judicial.