Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema de Canadá falló que la Agencia de Transporte de Canadá actuó dentro de sus facultades al adoptar el Reglamento de Protección de Pasajeros Aéreos de 2019, que fija compensaciones mínimas por retrasos, cancelaciones, denegación de embarque y pérdida o daño de equipaje en vuelos internacionales. Las aerolíneas argumentaban que estas disposiciones eran ultra vires porque contravenían el principio de exclusividad del artículo 29 del Convenio de Montreal, que regula la responsabilidad por daños en el transporte aéreo internacional. El tribunal determinó que los derechos a compensación establecidos por el Reglamento no constituyen una "acción por daños", y por tanto no entran en conflicto con el Convenio. Se desestimó el recurso con costas para el demandado.