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Se resuelve: i.- ha lugar al reclamo interpuesto por don juan pablo lorenzini pací, abo…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se resuelve: i.- ha lugar al reclamo interpuesto por don juan pablo lorenzini pací, abogado, cédula de identidad número 8.770.008-9, en su calidad de fiscal de la empresa de los ferrocarriles del estado, persona jurídica de derecho público, del giro de su nombre, rol único tributario 61.216.000-7, y en su representación, ambos con domicilio en calle morandé número 115, piso 6 de la comuna y ciudad de santiago, en contra de los elementos de la liquidación nº 31 y de la resolución exenta 17.300 no, todas de fecha 8 de mayo del año 2013, y de la liquidación nº1 y de la resolución exenta 17.300 nº,todas de fecha 07 de mayo de 2014, emanadas de la dirección de grandes contribuyentes del servicio de impuestos internos, cuyos fundamentos de hecho y de derecho, fueron explicitados en la parte expositiva de esta sentencia. en consecuencia; ii.-déjese sin efecto íntegramente los elementos de la liquidación nº31 de fecha 08 de mayo de 2013 y así también déjese sin efecto los elementos de la liquidación nº1 de fecha 07 de mayo de 2014 iii.- déjese sin efecto íntegramente las resolución ex. 17.300 n° y resolución exenta 17.300 nº, suscrita por el director de grandes contribuyentes don rómulo gómez sepúlveda. háganse las devoluciones solicitadas de acuerdo a lo resuelto.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.