Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, por no haber cumplido lo dispuesto en el art. 125 del c. tributario, se tuvo por no presentado el reclamo.
El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, por no haber cumplido lo dispuesto en el art. 125 del c. tributario, se tuvo por no presentado el reclamo.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.