Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Comercio chileno que regula los contratos de explotación comercial de naves, distinguiendo entre contrato de fletamento (cuando el armador pone la nave a disposición de otro para su uso) y contrato de transporte marítimo de mercancías (cuando asume la obligación de embarcar, conducir y entregar carga). Establece además que los transportes con etapas fluviales se rigen por las reglas del Libro III.