Seguridad social

Seguridad social: Ley SANNA

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley SANNA. El tercero a quien se haya otorgado el cuidado personal de un menor de 18 años bajo un programa de protección podrá acceder al Seguro SANNA, siempre y cuando cumpla también con los requisitos legales establecidos en los artículos 5°, 6° y 7° de la Ley N°21.063.

Ley SANNA

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.