Civil

Artículo 875 del Código Civil chileno, ubicado en el Título XI del Libro II, que regula…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 875 del Código Civil chileno, ubicado en el Título XI del Libro II, que regula las servidumbres. Establece las condiciones para la servidumbre legal de luz, exigiendo rejas de hierro y red de alambre con mallas de máximo 3 cm, y que la parte inferior de la ventana esté a al menos 3 metros del suelo de la vivienda.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.