Laboral

La doctrina contenida en el punto N º 2 del Ordinario N º 4761/219, de 13-, de este Ser…

Resumen del criterio jurisprudencial

La doctrina contenida en el punto N º 2 del Ordinario N º 4761/219, de 13-, de este Servicio, se entiende complementada en cuanto los Inspectores del Trabajo tienen competencia para conocer y resolver reclamos de trabajadores relacionados con derechos reservados en un finiquito, en todos aquellos casos en que no exista controversia entre las partes, referente a la existencia misma del derecho.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.