Resumen del criterio jurisprudencial
La motivación debe ser suficiente para explicar las razones de hecho y de derecho que justifiquen la decisión, por lo que su extensión estará en función de la mayor o menor complejidad de lo que se cuestione o de la mayor o menor dificultad del razonamiento que se requierea, pudiendo ser sucinta o escueta, sin necesidad de amplias o exhaustivas consideraciones, cuando no son necesarias ante la simplicidad de la cuestión que se plantea y resuelve. si la reclamante no aportó al sii los antecedentes requeridos por éste para comprobar la exactitud de la información consignada en su declaración anual de impuestos a la renta, para subsanar las observaciones formuladas a dicha declaración y para acreditar la procedencia de la devolución solicitada, la resolución impugnada es la consecuencia jurídica lógica de dicha inactividad y no adolece de falta de motivación o motivación insuficiente, habida consideración de que tal resolución se basa precisamente en el hecho que el contribuyente no aportó los antecedentes requeridos.