Resumen del criterio jurisprudencial
La ilustrísima corte de apelaciones de puerto montt, confirmó sentencia dictada por el tribunal tributario y aduanero de la región de los lagos, a través de la cual se rechazó el reclamo presentado por el contribuyente en contra de una resolución dictada por la unidad de osorno del servicio de impuestos internos por la cual se denegó la devolución de impuestos pagados en exceso derivada de la anulación de una factura emitida por el actor. al respecto, la i. corte indicó que no ha existido error en la emisión de la factura que hago precedente su anulación mediante la emisión de una nota de crédito y consecuente emisión de una segunda factura; operación que solo crea un nuevo plazo para utilización del crédito fiscal por parte de cliente receptor del documento tributario.