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El máximo tribunal declaró inconstitucionales las normas que imponían mayor carga fisca…

Noticia · 2026

Resumen

El máximo tribunal declaró inconstitucionales las normas que imponían mayor carga fiscal según la radicación del contribuyente, considerando que configuraban una "aduana interior" prohibida por la Constitución Nacional.

La Corte Suprema declaró inconstitucionales las alícuotas diferenciales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que Santa Fe y Entre Ríos aplicaban según la radicación del contribuyente.El tribunal consideró que gravar con mayor carga tributaria a empresas foráneas constituye discriminación irrazonable e instala una "aduana interior" prohibida por la Constitución Nacional.Se anularon el artículo 6° de la Ley 3650 de Entre Ríos y el artículo 1 del Decreto 2707/2012 de Santa Fe, al obstaculizar el comercio interprovincial.

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