Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno que regula el pago con beneficio de competencia, estableciendo los casos en que el acreedor está obligado a conceder dicho beneficio al deudor, tales como descendientes, ascendientes, cónyuge, hermanos, consocios, donantes y deudores de buena fe que hicieron cesión de bienes.