Resumen
Se rechaza el amparo interpuesto en contra del Servicio Nacional de Aduanas, referido a la entrega de la información correspondiente a la estadística completa de los últimos 10 años, en formato Excel, de las exportaciones de la partida arancelaria 12.12, específicamente de las subpartidas que se indican, con todos los datos de las “D.Ú.S.” (DUS). Lo anterior, por cuanto, se concluye que en caso alguno podría resultar procedente la entrega de “la totalidad de los datos de la D.Ú.S.”, como se reclama en el amparo, por cuanto, por una parte, dicho accionar resulta contrapuesto al carácter estadístico con el que fue requerida la información, y por otra, configuraría la causal de reserva o secreto del artículo 21, N°2, de la Ley de Transparencia. Sobre el segundo aspecto referido, resultan aplicables los criterios contenidos en las decisiones de los amparos roles C207-10, C1000-16, C1221-16 y C379-16, esta última, confirmada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago en sentencia.