AduaneroAcoge

El tribunal de primera instancia dio ha lugar al reclamo considerando que la suma de la…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal de primera instancia dio ha lugar al reclamo considerando que la suma de las cuarenta multas cursadas al usuario dan un monto superior a 6 utm que fija el artículo 187 del a ordenanza de aduana, razón por la cual el servicio de aduana debió citar a audiencia. la iltma corte de apelaciones de arica, acogió recurso de queja interpuesto por el servicio de aduana, declarando que el juez de primer grado carece de competencia para obligar a aduanas a realizar una audiencia que la ley contempla como facultativa para el servicio. y la sentencia de reemplazo rechaza parcialmente la reclamación, acogiéndose exclusivamente respecto de las denuncias decare n° 817144 y 817177 de 9 de marzo de 2016.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.