Resumen del criterio jurisprudencial
Circular de la Superintendencia de Pensiones que determina la tabla de reajustes e intereses penales aplicable por las Administradoras de Fondos de Pensiones a las cotizaciones previsionales pagadas con retraso entre el 1° y el 30 de junio de 2021, según el período en que se devengaron las remuneraciones. La instrucción, basada en el artículo 19 del Decreto Ley N° 3.500, fija una tasa de interés anual del 18,91% para operaciones no reajustables, conforme a la normativa vigente.