Administrativo

Artículo de la Ley General de Urbanismo y Construcciones que regula los aportes al espa…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley General de Urbanismo y Construcciones que regula los aportes al espacio público. Establece que los aportes en dinero se pagan antes de la recepción municipal, y permite al interesado proponer su materialización en estudios, obras o medidas de infraestructura, con aprobación municipal y requisitos de coherencia con los planes. Regula el procedimiento, plazos y efectos de la solicitud.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.