Laboral

Para los efectos de calcular la remuneración de los días domingo y festivos a que alude…

Resumen del criterio jurisprudencial

Para los efectos de calcular la remuneración de los días domingo y festivos a que alude el artículo 45 del Código del Trabajo, tratándose de los trabajadores que laboran para Industrias de Maíz y Alimentos S.A., debe considerarse el bono por día domingo y el de trabajo nocturno convenidos por las partes y excluírse el sobresueldo.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.