Civil

Artículo del Código Civil chileno que regula las donaciones entre vivos, estableciendo…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno que regula las donaciones entre vivos, estableciendo que quien dona todos sus bienes debe reservarse lo necesario para su congrua subsistencia. Si omite hacerlo, puede exigir al donatario que le asigne bienes a título de propiedad, usufructo o censo vitalicio, proporcional a la cuantía de lo donado.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.