Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema examinó los recursos de casación interpuestos por Minera Cerro Dominador S.A. y por Sociedad Química y Minera de Chile S.A. contra la Resolución Exenta N°0570 de la Dirección Regional de Aguas II Región de Antofagasta y la Resolución N°1818 de la Dirección General de Aguas, que ordenaban continuar el procedimiento de constitución de derechos de aprovechamiento de aguas conforme a los artículos 4° y 5° transitorios de la Ley N°20.017. El tribunal analizó si dichas resoluciones podían considerarse sentencias sujetas al recurso de casación en el fondo, según el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil. Concluyó que las resoluciones no son sentencias definitivas ni interlocutorias que pongan término al juicio o imposibiliten su continuación. Por tanto, declaró inadmisibles los recursos de casación, aplicando los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil. La decisión fue pronunciada por la Tercera Sala de la Corte Suprema el 22 de abril de 2008.