Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo contra el Hospital Barros Luco Trudeau, respecto a la entrega de la lista de los exfuncionarios, que fueron desvinculados por la causal de salud incompatible del artículo 151 del Estatuto Administrativo, durante los años 2022, 2023, 2024 y 2025; y su respectivo RUT. Lo anterior, por cuanto, su entrega implica una afectación presente, probable y con la suficiente especificidad al derecho a la protección de vida privada y de los datos personales de dichas personas, configurándose a su respecto la causal de secreto o reserva contenida en el artículo 21, N°2, de la Ley de Transparencia, en relación con lo dispuesto en la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.