Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Aguas chileno que regula la evaluación de proyectos de obras hidráulicas por la Dirección General de Aguas. Permite a los titulares presentar voluntariamente un informe técnico de pre revisión suscrito por profesionales o entidades inscritas en el registro del Ministerio de Obras Públicas. Establece requisitos de independencia, que el informe no es vinculante para la autoridad y la responsabilidad solidaria del titular por daños derivados de errores u omisiones en el infor