Resumen del criterio jurisprudencial
Se resuelve: i. no ha lugar al reclamo interpuesto a fs. 01 y siguientes por don fernando lagos basualto, abogado, en representación de doña marión edith jara tornería, rut 10.400.056-8, en contra de la liquidación n° 113000000033, emitida por la dirección regional centro del servicio de impuestos internos, con fecha 16 de diciembre de 2013. en consecuencia, se confirma la liquidación reclamada. ii. no se condena en costas a la reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar.