La empresa Geodiesel Combustibles Limitada interpuso una acción de nulidad de derecho p…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2025
Resumen
La empresa Geodiesel Combustibles Limitada interpuso una acción de nulidad de derecho público y reclamación judicial contra las Liquidaciones N°121 a 131 emitidas por el Servicio de Impuestos Internos (SII) el 31 de agosto de 2022, relativas a diferencias de Impuesto a la Renta para los años tributarios 2020 y 2021, e Impuesto a la Venta y Servicios para los periodos de octubre 2019 a mayo 2020. La reclamante argumentó que las liquidaciones se basaban en supuestos incorrectos sobre sus operaciones comerciales y que contaba con la documentación respaldatoria. El tribunal analizó las pruebas presentadas, incluyendo facturas, cheques y transferencias, y concluyó que la empresa no logró acreditar la realidad de las transacciones ni desvirtuar las presunciones del SII. Se determinó que existían inconsistencias y falta de precisión en la documentación, por lo que las liquidaciones se ajustaban a derecho. En consecuencia, se rechazó el reclamo y se confirmaron íntegramente las liquidaciones impugnadas, sin condena en costas por haber tenido motivo plausible para litigar.
Normas citadas
Art. 1° numeral 8° de la Ley 20.322
Art. 123 y siguientes del Código Tributario
Art. 97 del DL 824 de 1974
nulidad de derecho públicoreclamación judicialliquidaciones de impuestosimpuesto a la rentaimpuesto al valor agregadocarga de la pruebapresunciones fiscalesacto administrativo tributario
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.