TributarioRechaza

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo impetrados…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo impetrados por la contribuyente en contra de la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago que revocó la sentencia dictada por el Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Valparaíso que había acogido el reclamo deducido en contra de una Liquidación emitida por la V Dirección Regional Valparaíso que determinó diferencias de Impuesto Global Complementario al no haber cumplido la reinversión con los requisitos establecidos por el artículo 14 letra A) N°1 letra c) de la Ley sobre Impuesto a la Renta. El recurrente sostuvo que la sentencia impugnada había incurrido en ultrapetita al modificar la causa de pedir fijada en el proceso en cuanto a la improcedencia del beneficio tributario establecido en el artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta en consideración a la naturaleza de los activos reinvertidos (cuentas por cobrar). Acogido el reclamo en primera instancia, el Servicio interpuso recurso de apelación, reconociendo que las cuentas por cobrar podían ser objeto de reinversión, pero argumentando que al haber sido retiradas de la empresa receptora dejaron de tener tal aptitud. Esta nueva causa de pedir, incorporada en la apelación, habría constituido el fundamento de la sentencia recurrida para revocar la sentencia de primera instancia. Sobre el fondo, el reclamante señaló que la sentencia contravenía expresamente el ya citado artículo 14, al condicionar la aplicación de la franquicia tributaria a la demostración de la aplicación efectiva de los activos reinvertidos en la empresa receptora, exigencia adicional no contemplada en la ley. Los requisitos establecidos por el artículo 14 para que operara el régimen de reinversión de utilidades, es decir, los aspectos formales de las sociedades fuente y receptora, la forma de efectuar la reinversión, los deberes de información, contabilización y retiro tributario de la inversión se habían cumplido. La Corte Suprema arguyó en cuanto a la causal de ultra petita, que la propia sentencia recurrida había indicado que su decisión no excedía los límites de la Liquidación, la que había señalado expresamente que el retiro y posterior reinversión no habían suspendido la tributación del Impuesto Global Complementario por no haber cumplido la reinversión con los requisitos establecidos por la ley. Por ello, habiéndose resuelto la controversia sobre la base de los términos del litigio la casación formal no podía prosperar. Sobre la nulidad sustancial, la Corte sostuvo que la discusión recaía en el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14, letra A) N°1, letra c) de la Ley sobre Impuesto a la Renta, vigente a le fecha en que se efectuó la reinversión materia de la actuación impugnada. El Máximo Tribunal señaló al respecto que el tribunal de primera instancia había estimado para acoger el reclamo, que el contribuyente había acreditado el cumplimiento de los requisitos legales de la reinversión, teniendo derecho al diferimiento o postergación del Impuesto Global Complementario. Posteriormente, la Corte de Apelaciones revocó dicha sentencia, por estimar que las operaciones originadas mediante el retiro de utilidades no habían cumplido con la finalidad establecida por la ley al no haber existido una aplicación efectiva de capital destinado a incrementar la actividad económica, tratándose simplemente de una mera operación contable. La Corte continuó aclarando que este régimen de excepción a la tributación general del Impuesto a la Renta tenía por objeto, de acuerdo a la historia fidedigna del establecimiento de la ley, incentivar la reinversión de utilidades en la creación de nuevas empresas o del aumento efectivo de capital en las empresas ya existentes, a fin de que estas efectuaran inversiones a través de la postergación en el pago de los impuestos por parte de los contribuyentes que efectuaren el retiro. Según el Máximo Tribunal esto no había ocurrido en el presente caso, ya qu

SIIjurisprudencia judicial tributariaFavorable al SII

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.