Resumen del criterio jurisprudencial
Se dio lugar al reclamo interpuesto por un contribuyente contra una resolución del servicio de impuestos internos que no dió lugar a una solictud de devolución de impuesto pedida en su declaración de renta at 2010 por un monto de $4.029.113 considerando que, si bien el contribuyente no acreditó conforme lo establece el artículo 31 de la lir en sede administrativa la pérdida tributaria y/o los créditos por concepto de impuesto de primera categoría, estimó que la resolución recurrida no se encontraba fundada ni motivada, por lo que al dejarla sin efecto y conforme al artículo 59 y 8 bis del ct, el ente fiscalizador no puede volver a fiscalizar por estos mismos hechos al encontrarse vencidos los plazos para tal efecto, procediendo en consecuencia la devolución solicitada.