El tribunal de alzada ratificó que el condenado por el delito de darse a la fuga tras c…
Noticia · 2026
Resumen
El tribunal de alzada ratificó que el condenado por el delito de darse a la fuga tras causar la muerte de una peatona debe cumplir la pena en forma efectiva, al no acreditarse que una intervención en medio libre sea eficaz para su reinserción.
La Corte de Punta Arenas confirmó que el condenado por darse a la fuga tras un atropello fatal debe cumplir su pena de forma efectiva.El tribunal descartó que la libertad vigilada intensiva fuera eficaz para la reinserción, por no cumplirse el requisito subjetivo del artículo 15 de la Ley N°18.216.Se ponderó que el condenado abandonó el vehículo sin placas y salió del país tras el hecho, lo que se interpretó como un designio deliberado de eludir su responsabilidad.La condena original fue de cuatro años de presidio menor en su grado máximo por el delito del artículo 195 inciso tercero de la Ley N°18.290.
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