Civil

Artículo del Código Civil chileno (art.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno (art. 431) que regula la obligación del tutor de proveer crianza y educación al pupilo con los bienes de este, según el rango social de la familia. El tutor responde por gastos inmoderados y puede solicitar al juez que fije un límite máximo de gasto según las facultades del pupilo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.