Resumen
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, ordenando la entrega de la información requerida, correspondiente a diversos antecedentes vinculados al Servicio Local de Educación Pública Maule Costa y ex Departamento de Educación de Cauquenes, en materias de seguridad y salud en el trabajo. Lo anterior, por cuanto, se desestima la verificación de la causal de reserva o secreto de afectación a los derechos de las personas del artículo 21, N°2, de la Ley de Transparencia, ello, al recaer la solicitud sobre información estadística e innominada, la que, además, puede proporcionarse previa aplicación del principio de divisibilidad del artículo 11, letra e), de la referida norma; sin argumenta ni acreditar el organismo una afectación presente o probable, y con suficiente especificidad, que justifique el secreto o reserva de lo requerido. Previa entrega, se deberán tarjar aquellos datos personales de contexto eventualmente incorporados en la documentación, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, letra f), y 4, de la ley N°19.628; en virtud del principio de divisibilidad contemplado en el artículo 11, letra e), de la Ley de Transparencia; y, en cumplimiento de la atribución otorgada a este Consejo por el artículo 33, letra m), de la misma norma.