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Una vez declarado concluido el debate y estando en el proceso de deliberación, la audie…

Resumen del criterio jurisprudencial

Una vez declarado concluido el debate y estando en el proceso de deliberación, la audiencia ya está “cerrada” y, por lo tanto, no puede ser reabierta para advertir a los intervinientes y promover el debate sobre la eventual concurrencia de circunstancias modificatorias no contempladas en la acusación, señala la Corte de Rancagua.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.