Consumidor

Artículo 54 de la Ley 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 54 de la Ley 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores. Regula los efectos de la sentencia en procedimientos de interés colectivo o difuso, estableciendo que produce efecto erga omnes, salvo excepciones. Dispone la publicación de la sentencia para que los afectados reclamen indemnizaciones, y permite una nueva acción si la demanda fue rechazada, suspendiendo la prescripción.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.