Resumen del criterio jurisprudencial
La parte recurrente dedujo recurso de apelación contra la resolución que declaró inadmisible, en cuenta, el recurso de protección interpuesto en contra del Servicio Nacional de Migraciones. La Corte Suprema, conociendo del recurso, revocó la resolución apelada y declaró admisible el recurso de protección. El tribunal consideró que en el libelo se mencionaron hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías constitucionales indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Por ello, el recurso debió haber sido acogido a tramitación. La decisión se fundamentó en el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales. En consecuencia, se ordenó dar al recurso la tramitación correspondiente.