Resumen del criterio jurisprudencial
Ley de Tránsito que prohíbe la venta y carga de combustible a vehículos motorizados que no cuenten con su placa patente delantera o trasera. Obliga a las estaciones de servicio a exhibir carteles visibles con dicha prohibición y sanciona la infracción con multa de 10 a 100 UTM, aplicable al concesionario o dueño del establecimiento, con el máximo de la multa en caso de reincidencia.