Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de El Quisco, ordenando la entrega de información relacionada con el uso de buses por parte del organismo para el traslado de adultos mayores fuera de la comuna, desde el año 2021 a junio del 2025, con el detalle que indica. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual se desestimó la distracción indebida esgrimida por el organismo reclamado. Se hace presente que, previo a la entrega el órgano reclamado deberá tarjar u omitir aquellos datos personales de contexto, que pudieran eventualmente estar contenidos en la información, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, letras f) y g), y 4, de la ley N°19.628. Lo anterior se dispone en cumplimiento de la atribución otorgada a este Consejo por el artículo 33, letra m), de la Ley de Transparencia. No obstante, en el evento de no obrar en poder del órgano alguno de los antecedentes requeridos dicha circunstancia se deberá explicar y acreditar en forma pormenorizada en sede de cumplimiento, de acuerdo con el punto 2.3, de la instrucción general N°10.