La recepción definitiva, al igual que las autorizaciones administrativas en general, no…
Sentencia · Corte Suprema · 2007
Resumen
La recepción definitiva, al igual que las autorizaciones administrativas en general, no constituye un acto administrativo que incorpore derechos en el patrimonio del interesado, ya que se trata de la remoción de obstáculos que la norma ha puesto para el ejercicio de un derecho anterior como lo es, en este caso, el derecho de dominio sobre el inmueble del que se es propietario. Tales actos constituyen lo que, en doctrina, se conoce como actos de contenido favorable, los que no pueden ser dejados sin efecto por la autoridad administrativa por razones de oportunidad o conveniencia -revocación- y que solamente pueden serlo por razones de ilegalidad (invalidación).
Normas citadas
Resolución N° 567
Revista de Derecho del CDEjurisprudencia de interés fiscalRecurso de protección
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