Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional que establece las incompatibilidades y prohibiciones para los ministros del tribunal, incluyendo no ejercer la abogacía, no contratar con el Estado, y no ocupar ciertos cargos públicos o privados, con excepción de labores docentes limitadas.