Resumen del criterio jurisprudencial
Oficio de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento que responde consultas sobre el procedimiento concursal de liquidación forzosa. Aclara que la liquidación de una empresa deudora solo afecta a su patrimonio, sin suspender operaciones de otras sociedades del mismo grupo, y que respecto de los derechos sociales o acciones en otras entidades, el liquidador debe proceder a su incautación. En materia de contrafianza, señala que no procede solicitar la liquidación forzosa de la entidad q