Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social sobre licencias médicas y subsidio por incapacidad laboral en caso de doble afiliación a salud. Resuelve que las licencias deben tramitarse ante la COMPIN correspondiente al período de cotización en FONASA, instruyendo a dicha COMPIN autorizar y pagar los subsidios, y remitir a la ISAPRE el período posterior.