1) La estipulación contenida en la cláusula Nº 8 de los contratos individuales de traba…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 1999
Resumen
1) La estipulación contenida en la cláusula Nº 8 de los contratos individuales de trabajo suscritos entre la empresa Servicios de Alimentación Nacionales SAN S.A. y su personal de manipuladoras de alimentos, conforme a la cual la respectiva relación laboral se entiende suspendida durante los períodos de vacaciones de invierno y fiestas patrias, no se ajusta a derecho y de consiguiente no procede descuento alguno de remuneraciones fundado en dicha cláusula. 2) No resulta procedente emitir un pronunciamiento genérico y a priori sobre la legalidad de la citada cláusula en relación con las otras causales de suspensión de la relación laboral que en ella se prevé, siendo necesario para ello resolver, en su oportunidad, cada caso particular.
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.