TributarioRechaza

El tribunal rechaza reclamo. la controversia gira en torno a si la venta de ciertas acc…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2017

Resumen

El tribunal rechaza reclamo. la controversia gira en torno a si la venta de ciertas acciones fue o no habitual. el tribunal concluye que la venta de las acciones fue habitual. la regulación legal de la habitualidad apunta tanto al contribuyente que realiza la venta como a las características de las operaciones. esto obliga a desarrollar una construcción jurídica que permita armonizar ambos elementos. el contribuyente reconoce que efectivamente es habitual en este tipo de operaciones. argumenta, sin embargo, que las características de las compras y ventas acá analizadas debe llevar a concluir que en este caso se trató de operaciones no habituales. el tribunal coincide con el argumento general de que si un contribuyente es habitual en la venta de acciones, debe aceptarse que todas sus ventas de ese tipo deben calificarse como habituales, salvo que se hayan adquirido más del 50% de las acciones o que hayan ocurrido situaciones extraordinarias (como que la compra y posterior venta hayan sido necesarias porque la ley las exige para desarrollar una actividad económica) que deban racionalmente llevar al cambio de calificación. en el caso en análisis no existe una situación extraordinaria que permita cambiar la conclusión inicial de que, siendo el vendedor un contribuyente habitual, la venta también lo fue. los argumentos del contribuyente apuntan al tiempo que se mantuvo la inversión, a las estipulaciones de un pacto de accionistas, al objeto social de la entidad vendedora y a la forma en que se contabilizaron las acciones. el análisis de las pruebas y de los argumentos, que se detallan en la sentencia, permite constatar que sólo parte de las afirmaciones fácticas del contribuyente son efectivas y las que sí lo son, no son de relevancia suficiente para cambiar la conclusión inicial. se agrega que, aunque lo anterior resuelve la controversia, no puede desconocerse que en la especie existieron diversas actuaciones del contribuyente que podrían entenderse como intentos de manipular el sistema tributario para obtener un tratamiento favorable. la reclamante no apeló el fallo.

Normas citadas

  • Circular N° 158
  • Oficio 2636
  • Resolución Ex. N° 491
  • Oficio N° 4359
  • Artículo 18 de la LIR
  • Circular 158 de 1976
  • Circular N° 48
  • Ley 20.630

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