Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Procedimiento Civil chileno que regula la procedencia del recurso de apelación respecto de autos y decretos. Establece que no son apelables los que ordenan trámites necesarios para la substanciación regular del juicio, pero sí los que alteran dicha substanciación o recaen sobre trámites no expresamente ordenados por la ley, debiendo interponerse la apelación con carácter subsidiario a la solicitud de reposición.