Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Tributario chileno que obliga a contribuyentes, firmantes de declaraciones, técnicos y asesores a atestiguar bajo juramento sobre los puntos de una declaración cuando el Servicio de Impuestos Internos lo requiera, dentro de los plazos de prescripción. En sociedades, la obligación recae en socios, administradores, presidente, gerentes o directores que designe la Dirección Regional.